Beneficios de los(as) becarios(as)

Beneficios máximos considerados en Becas Técnicos para Chile de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación (D.S. 664)


Costo consular para obtención de Visa

Se otorga una suma equivalente al costo de la obtención del permiso de ingreso y permanencia en el país de destino. Aplica para el becario/a, el/la cónyuge e hijos. (Los beneficios para cónyugues e hijos aplican para programas de 12 o más meses de duración).

Seguro médico

Se otorga al becario/a una prima anual de seguro médico por un monto de 800 dólares americanos. Se podrá incluir como carga al cónyuge e hijos que residan juntos al becario/a en el país de destino (Los beneficios para cónyugues e hijos aplican para programas de 12 o más meses de duración).

Pasajes de ida y regreso al lugar de estudios

Se otorga un pasaje en clase económica desde el aeropuerto más cercano al lugar de residencia en Chile hasta la Ciudad de destino. Aplica para el becario/a, el cónyuge e hijos. (Los beneficios para cónyugues e hijos aplican para programas de 12 o más meses de duración).

Asignación de instalación

Se otorga asignación única de instalación correspondiente a 500 dólares americanos.

Asignación mensual que varía según país de destino

El Ministerio otorga directamente al becario/a una asignación mensual de manutención de aproximadamente 1.500 dólares americanos. El monto exacto de la manutención, podrá ser consultado en las bases del concurso respectivo.

Nivelación Idiomática en el extranjero (Si corresponde)

Corresponde a una nivelación en el país de destino por un periodo máximo de 4 meses previo al inicio del Programa de Estudio, su realización y duración dependerá del nivel idiomático acreditado por el beneficiario en Chile, previo al viaje.

Programa de Estudios a cursar

Se financiará el total de los costos de arancel y matricula del programa de estudios, por el tiempo que dure la pasantía.

Asignación familiar (Si corresponde)

Se otorga una asignación familiar mensual al cónyuge o conviviente civil e hijos del becario/a. A los hijos se les asigna un 5% de la manutención mensual del becario/a y al cónyuge un 10%. Para poder recibir este beneficio es necesario que el cónyuge o conviviente civil e hijos residan junto al becario/a por un tiempo no inferior al 50% de la duración del programa de estudio. (Los beneficios para cónyuges o convivientes civiles e hijos aplican para programas de 12 o más meses de duración).